SINDICATO JAPAC ARTÍCULO 95, FRACCIÓN XX
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
Artículo 95 ° Fracción XX Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
Descripción: Todos los sujetos obligados que derivado de sus atribuciones emitan sentencias o resoluciones derivadas de procesos judiciales, administrativos o arbitrales; publicarán de manera trimestral las determinaciones emitidas. Es importante considerar que los laudos son las resoluciones que ponen fin a los procedimientos en materia laboral o de arbitraje, por ello se consideran resoluciones distintas a las judiciales y administrativas.
Sindicato Articulo 95 – Fracción 20
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